REVISTA PANORAMA SOCIAL EDICIÓN 62

BASTA YA DE ESTAR ACOSADOS POR EL ACOSO

 

El centenario de la OIT, como en la canción navideña “me ha dejado cosas muy buenas” y se trata ni más ni menos que del Convenio 190, adoptado en la pasada 108 Conferencia, el 21 de junio del año en curso, “sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo”.

Se pone a nuestro orden como luchadores sociales y sindicalistas, la tarea por su ratificación en un país como el nuestro, en el que el miedo ha hecho mella en los lugares de trabajo, donde la gente no se afilia a un sindicato por miedo al despido o el desmejoramiento de sus condiciones de trabajo, a los traslados, o más grave a la desaparición o a la muerte, tras habernos convertido en el país con más sindicalistas asesinados.

La discriminación que hoy enfrentamos en el sector público entre trabajadores de planta, unos de carrera, otros en provisionalidad y otros de contrato por OPS resulta superada en el “ámbito de aplicación” de este convenio, cuya contribución a la dignificación de los trabajadores y su entorno familiar y social son evidentes para fomentar el trabajo decente y seguro.

Enhorabuena: “El presente Convenio protege a los trabajadores y a otras personas en el mundo del trabajo, con inclusión de los trabajadores asalariados, según se definen en la legislación y la práctica nacionales, así como a las personas que trabajan, cualquiera que sea su situación contractual, las personas en formación, incluidos los pasantes y los aprendices, los trabajadores despedidos, los voluntarios, las personas en busca de empleo y los postulantes a un empleo y los individuos que ejercen la autoridad, las funciones o las responsabilidades de un empleador. (…) Este Convenio se aplica a todos los sectores, público o privado, de la economía tanto formal como informal, en zonas urbanas o rurales.” Convenio sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. (C190, 190). Adopción: Ginebra, 108ª reunión CIT (21 junio, 2019) - Estatus: Instrumento actualizado (Convenios Técnicos). “Velar porque la inspección del trabajo y otras autoridades pertinentes, cuando proceda, estén facultadas para actuar en caso de violencia y acoso en el mundo del trabajo, incluyendo el dictado de órdenes que requieran la adopción de medidas de aplicación inmediata, o que impongan la interrupción de la actividad laboral, en caso de peligro inminente para la vida, la salud o la seguridad de los trabajadores, a reserva de cualquier recurso judicial o administrativo que pueda prescribir la legislación”.

Infortunadamente, la experiencia vivida dentro del marco de los procedimientos de acoso laboral y los Comités de Convivencia en los que los trabajadores y trabajadoras llevan la peor parte e incluso terminan revictimizando a las personas, las más de las veces llegando a enfermarlas y como bien lo reconoce la parte considerativa del convenio: “afecta la salud psicológica, física y sexual de las personas”, lo que hace que este convenio sea parte fundamental de las “medidas de salud en el trabajo”.

Capítulo V. Control de la aplicación y vías de recurso y reparación

El Ministerio de Trabajo y otras autoridades, deberían tomar medidas pertinentes en materia de control y reacción inmediata, como lo dispone el Convenio sobre la violencia y el acoso, en su artículo 10, literal h:

“Velar porque la inspección del trabajo y otras autoridades pertinentes, cuando proceda, estén facultadas para actuar en caso de violencia y acoso en el mundo del trabajo, incluyendo el dictado de órdenes que requieran la adopción de medidas de aplicación inmediata, o que impongan “Reconociendo que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo afectan a la salud psicológica, física y social de las personas, a su dignidad y a su entorno familiar y social”. Basta ya de estar acosados por el acoso Editorial Panorama Social la interrupción de la actividad laboral, en caso de peligro inminente para la vida, la salud o la seguridad de los trabajadores, a reserva de cualquier recurso judicial o administrativo que pueda prescribir la legislación".

A propósito de reparación, aspiramos que antes de finalizar el mandato del presidente Iván Duque, se pueda dar inicio al proceso de Reparación Colectiva al movimiento sindical, del cual somos sujetos la CGT, CUT y CTC, junto con FECODE por ser las más victimizadas y también porque en los términos del convenio en mención, deberían ser consultadas por el gobierno, junto con los empleadores, precisamente por ser las más representativas.

Finalmente, luego de algunas situaciones surgidas dentro del marco del seguimiento del Acuerdo Nacional Estatal con las organizaciones minoritarias, esperamos que el reconocimiento del voto calificado de la CGT, CUT y CTC, por parte del Estado empleador, permita sin pausa continuar en la materialización de los acuerdos.

 

Revista Panorama Social Edicón No. 62